El nuevo mecanismo retributivo para las tecnologías del régimen especial (eólica, fotovoltaica, termosolar y otras) fija una rentabilidad antes de impuestos cercana al 7,5% a lo largo de toda la vida útil de la instalación.
La asociación de empresas de la termosolar Protermosolar y la de energías renovables APPA, así como Ence y la Junta de Extremadura, han presentado sendos recursos contencioso-administrativos ante el Tribunal Supremo en contra de los nuevos parámetros retributivos para las energías renovables y la cogeneración.
Estos recursos aparecen recogidos este martes en varios anuncios del BOE, en los que el Supremo emplaza a las partes interesadas a personarse en las diversas causas abiertas.
En total, el Alto Tribunal informa de una veintena de recursos, en los que, además de las asociaciones y empresas citadas, también figuran recurrentes como Fotowatio, EDP Cogeneración o Sener.
También han llevado la nueva norma a los tribunales la Asociación de Empresas para el Desimpacto Ambiental de los Purines y la Asociación Española de Fabricantes de Ladrillos y Tejas de Arcilla Cocida (Hispalyt).
El nuevo mecanismo retributivo para las tecnologías del anteriormente conocido como régimen especial fija una rentabilidad antes de impuestos cercana al 7,5% a lo largo de toda la vida útil de la instalación, conforme a unos estándares en función de las características de las plantas.
Los demandantes han presentado sus recursos contra el real decreto 413/2014 y la orden IET/1045/2014. El primero regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energías renovables, cogeneración y residuos, mientras que la orden ministerial contempla los parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a las distintas instalaciones.
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